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Asesoría y Fiscalidad3 min de lectura · Actualizado el 26 de octubre de 2026

Gastos deducibles de un autónomo en 2026: la lista, los casos dudosos y cuánto te ahorran de verdad

Deducir bien no es deducir más, sino deducir lo que puedes justificar. Estas son las reglas generales y los puntos donde más se tropieza.

Las tres condiciones de cualquier gasto deducible

  • Que esté relacionado con tu actividad. Un gasto personal no se convierte en deducible por pagarlo desde la cuenta del negocio.
  • Que lo justifiques con una factura completa, a tu nombre y con tu NIF. Un simple ticket suele no bastar.
  • Que esté registrado en tus libros, en el periodo que corresponde.

Gastos habituales que suelen poder deducirse

  • La cuota de autónomos y los seguros vinculados a la actividad.
  • El alquiler y los suministros del local u oficina afecto a la actividad.
  • Material, herramientas pequeñas, software y suscripciones que uses para trabajar.
  • Publicidad, web y gestoría o asesoría.
  • Formación relacionada con tu actividad.

Cuánto te cuesta de verdad un gasto deducible

Cuando compras algo para tu negocio por 100 € más IVA, pagas 121 €, pero no los pierdes todos. Si el gasto cumple las condiciones, recuperas los 21 € de IVA en tu declaración trimestral y, además, el gasto reduce el beneficio sobre el que pagas IRPF.

Coste real de un gasto deducible de 100 € más IVA (21 %)
Tu tipo marginal de IRPFAhorro de IRPFTe cuesta de verdad
19 %19,00 €81,00 €
24 %24,00 €76,00 €
30 %30,00 €70,00 €
37 %37,00 €63,00 €
45 %45,00 €55,00 €

Un ejemplo: un gasto de 100 € más IVA, con un tipo marginal del 30 %, te cuesta 70 € en lugar de 121 €. Los 21 € de IVA se recuperan y los 30 € restantes se ahorran en IRPF. Por eso es tan importante guardar bien los justificantes: cada gasto bien registrado es dinero que no pierdes.

El tipo marginal es el del último tramo de tu renta, no una media, y la escala varía según la comunidad autónoma. Las cifras son orientativas y suponen que el gasto está afecto al 100 % a la actividad. Para conocer tu caso, mira cuánto te queda en la calculadora de cuota de autónomos.

Casos dudosos, resueltos

Gastos que generan más dudas y su condición clave
Gasto¿Deducible?Condición clave
Ordenador y equipos informáticosSí, amortizableUso en la actividad; en estimación directa simplificada, hasta un 26 % anual (10 años máximo)
Mobiliario de oficinaSí, amortizableHasta un 10 % anual (20 años máximo)
Software y suscripcionesSíQue los uses para trabajar y tengas la factura a tu nombre
Coche de uso mixtoEn general, noSolo en actividades concretas (transporte, agentes comerciales); en el IVA, suele limitarse al 50 %
Luz, agua e internet de casaParcialProporción de vivienda afecta y, en general, un 30 % sobre esa proporción
ComidasCon límitesRelacionadas con la actividad, pagadas por medios electrónicos y dentro de 26,67 € al día sin pernoctar
Regalos a clientesCon límiteEn general, hasta el 1 % de tu cifra de negocio
Seguro de salud propioParcialSegún el IRPF, hasta 500 € por persona y año, con condiciones; confírmalo en tu caso
Multas y sancionesNoLas sanciones no son gasto deducible
Ropa de calleNoSolo la ropa específica de trabajo (uniforme, protección)

Estas son las reglas generales. Cada caso tiene matices, y el criterio de Hacienda puede cambiar, así que si el importe es relevante, conviene confirmarlo antes de deducirlo.

Donde más se tropieza

  • Casa y suministros. Si trabajas desde casa, solo se puede deducir la parte afecta a la actividad: la proporción de vivienda que usas y, para luz, agua, gas o internet, en general un 30 % sobre esa proporción, con los recibos a tu nombre. Se exige que sea un espacio dedicado a la actividad.
  • Vehículo. En general, un vehículo de uso mixto no es deducible. Solo lo es en actividades concretas (por ejemplo, transporte o agentes comerciales), y en el IVA suele limitarse al 50 % salvo que se demuestre otro grado de afectación.
  • Comidas y dietas. La manutención solo se admite si está relacionada con la actividad, se paga por medios electrónicos y se ajusta a los límites diarios (26,67 € sin pernoctar y 53,34 € pernoctando en España, más en el extranjero).
  • Regalos y atenciones a clientes. Tienen un límite: en general, el 1 % de tu cifra de negocio.
  • Ropa. Solo si es de trabajo específica, como un uniforme o un equipo de protección. La ropa de calle no cuenta.

Gastos de difícil justificación

En estimación directa simplificada se puede aplicar, además, un 5 % sobre el rendimiento neto previo como gasto de difícil justificación, con un tope de 2.000 € al año. No necesitas justificarlo con facturas, pero tiene sus condiciones, así que conviene confirmar que te corresponde.

Qué guardar y durante cuánto tiempo

Guarda las facturas y los justificantes de pago (extractos, transferencias, recibos de tarjeta). Hacienda puede revisar hasta cuatro años atrás, y para quienes llevan libros de empresario la obligación mercantil de conservar la documentación es de seis. Lo prudente es guardar todo seis años, en digital y con copia de seguridad.

Un hábito que lo simplifica todo

Haz la foto del ticket o la factura el mismo día y anota para qué fue. Es lo que más facilita justificar un gasto meses después, y es una tarea que se puede automatizar: una herramienta lee los datos de la foto y los pasa al libro de gastos para que tú solo los revises.

Son reglas generales: cada actividad y cada situación pueden tener matices. Si dudas de un gasto concreto, consúltalo antes de deducirlo.

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